LA ACEPTACIÓN DE HERENCIA COMO PASO PREVIO A LA PARTICIÓN Y ADJUDICACION HERENCIA El Código Civil regula en sus artículos 988 y siguientes el trámite de la aceptación de herencia como paso previo a su partición. Es evidente que el heredero que no desea participar en el reparto de bienes o adquirirlos, tendrá que repudiar o renunciar a ala herencia.…
