¿Qué ocurre si tras el reparto de bienes de una herencia, no deseo continuar como copropietario de un bien y por tanto no quiero la proindivisión?
La aceptación de una herencia implica no solo la declaración de aceptar los bienes sino también de que los mismos sean adjudicados en virtud de la voluntad del testador.
Reparto de bienes de una herencia
Con mucha frecuencia las herencias las componen un solo bien inmueble y por tanto los herederos tienen que adjudicarse el mismo a prorrata del derecho que les haya concedido el testamento pasando a ser propietarios en proindiviso o titularidad compartida.
Si la herencia la componen varios bienes, abogados Alicante herencias de Carlos Baño León siempre aconsejamos que se hagan adjudicaciones de bienes por persona o cabeza de modo que en la medida de lo posible no se compartan los bienes y si hay diferencias entre los herederos pues se compensa con metálico.
Pero esto con mucha frecuencia no es posible de modo que o bien se pone a la venta el bien inmueble o si hay unos de los herederos interesados en adquirirlo pues se lo adjudica compensando en metálico.
Pero otras muchas veces estos bienes quedan en copropiedad en proindiviso por tiempo y solo cuando a alguno de los copropietarios le interesa es cuando se encuentra ante el problema, de qué hacer.
La solución a estos caso viene dada por nuestro Código Civil que establece que en los casos que una bien sea indivisible (y lo es por ejemplo un bien inmueble) la solución a falta de acuerdo de los copropietarios es acudir a la acción judicial de división de cosa común instando este procedimiento judicial para que el bien o se venda en el mercado o bien si no hay acuerdo de las condiciones se venda mediante pública subasta judicial.
Abogados civilistas de Alicante de Carlos Baño León tiene una dilatada y contrastada experiencia en este tipo de procedimientos judiciales en los que siempre intentamos que al interpelar a la otra parte se llegue al acuerdo de venta a través de una agencia inmobiliaria y según condiciones comúnmente aceptadas y en su defecto si no es posible dicho acuerdo se solicita del Juez que saque a subasta judicial dicho bien inmueble.
Normalmente en la resolución judicial se establecerá un plazo que las partes se pongan de acuerdo en la venta y si no se forzará su venta mediante pública subasta judicial.