¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?

La Ley de Segunda Oportunidad es un método de índole legal que ayuda en la erradicación parcial o completa de una deuda. Este trámite se lleva a cabo mediante una instancia de carácter extrajudicial con las entidades involucradas. Te mostraremos las exigencias, deudas aplicables, los procesos que incluyen esta Ley y la nueva actualización de la misma. ¡Sigue leyendo!

Ley de Segunda Oportunidad

La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo de liberación parcial o total de una deuda. Este mecanismo se ejecuta de forma legal y óptima. El Gobierno Español diseñó esta Ley en 2015 con el objetivo de dar una nueva oportunidad económica a las personas. Con la última reforma de la Ley en 2022, el deudor puede apostar por la exoneración del pasivo insatisfecho o EPI.

¿Qué tipos de deuda aplica en esta ley?

La Ley es aplicable para las siguientes deudas:

  • Tarjetas de crédito
  • Facturas
  • Deuda con proveedores
  • Microcréditos
  • Préstamos
  • Hipotecas
  • Deuda Hacienda. Esta solo cubre una cuota de hasta 10.000 euros.
  • Deuda correspondiente a la Seguridad Social. Esta solo cubre una cuota de hasta 10.000 euros.

Qué tipos de deuda aplica en esta ley
Por lo general, estas deudas se pueden erradicar en su totalidad. Aun así, existen algunas excepciones que no aplican. Aquí aplican; multas por infracción compleja y por pensión alimenticia.

¿Cómo funciona este tipo de Ley?

La Ley de Segunda Oportunidad la podemos dividir en 3 fases:

Es fundamental recolectar todo el papeleo pertinente que puedan demostrar la falta de pago. A su vez, estos documentos deben demostrar que cumples con las exigencias solicitadas por la Ley.

Cuando se tengan todos los papeles pertinentes es hora de preparar el expediente y enviarlo al juzgado. Depende de la situación puedes solicitar:

  • 1. Exoneración total.
  • 2. Cancelación de manera parcial con plan de pago.
  • 3. Cancelación parcial con el fin de salvar algún patrimonio, por ejemplo; un vehículo.

Una vez el juez recibe el expediente se comienza el proceso legal.

La idea es optar por un mecanismo rápido y sencillo. Para ello es importante recaudar todos los documentos solicitados y seguir al pie de la letra las fases del proceso. Puedes dirigirte a nuestro repertorio de servicios y seguro te ayudaremos.

¿Qué se puede conseguir con esta ley?

Esta ley permite el ajuste de la deuda vigente en concordancia con la situación actual del deudor. En este caso, la deuda pasa por una reestructuración y es posible que se exonere al deudor por completo de su responsabilidad de pago. Para optar por esta ley es necesario abarcar una serie de requisitos aplicables, todo recae en la posición económica del deudor y su estado deudor.

¿Cuáles son los requisitos para optar por esta ley en Alicante?

Es necesario que el deudor cumpla con lo exigido para que pueda optar por esta Ley. Si el deudor ha actuado con buenas intenciones, podrá excluirse de la responsabilidad de pago plasmada en el código civil, art. 1911.Entre los requisitos a cumplir podemos encontrar:

  • El deudor debe ser una entidad física.
  • Demostración justificada de la imposibilidad del pago de la deuda vigente.
  • Necesita tener un intento con respecto al acuerdo extrajudicial de pagos.
  • Debe cumplir con los créditos determinados.
  • Es necesario que el deudor haya terminado el concurso de acreedores y por supuesto, no ser culpable del mismo.
  • El deudor debe estar libre de condenas por delitos de carácter económico en los 10 años anteriores al concurso.
  • Residir en España.
  • Estar insolvente y tener una deuda menor a 5 millones de euros.
  • Tener más de dos deudas de diferente proveniencia aplicable.
  • No haber disfrutado de esta Ley durante los 5 años previos a la nueva solicitud.
  • No tener infracciones administrativas de gran relevancia.
  • No contar con antecedentes de carácter penal durante los 10 años previos a la solicitud.

Este proceso permite que el deudor se libre de la carga de pago de forma parcial. El juez está encargado de determinar el porcentaje exonerado. El deudor puede librarse de hasta un 70 % de la deuda y se puede fraccionar el pago restante hasta en un lapso de 5 años.

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