{"id":29392,"date":"2026-06-11T13:13:24","date_gmt":"2026-06-11T13:13:24","guid":{"rendered":"https:\/\/www.cbleon-abogados.com\/?p=29392"},"modified":"2026-06-23T10:56:21","modified_gmt":"2026-06-23T10:56:21","slug":"verborgen-gebreken-bouwschades-aankoop-woning","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/cbleon-abogados.com\/nl\/vicios-ocultos-danos-construccion-compraventa\/","title":{"rendered":"Verborgen gebreken. Bouwschade \u2013 koopovereenkomst."},"content":{"rendered":"<h1>Vicios ocultos en la compraventa<\/h1>\n<p>\u00bfQu\u00e9 ocurre si, tras adquirir una <strong>vivienda<\/strong>, aparecen <strong>schade<\/strong> de tal magnitud que, de haberlos conocido previamente, no habr\u00edamos comprado la vivienda o habr\u00edamos negociado una rebaja significativa en el precio? Estos son los llamados <strong>vicios ocultos<\/strong>.<\/p>\n<h2>Estamos ante da\u00f1os de relevancia y no ante los llamados defectos de acabado<\/h2>\n<p>No es infrecuente que en las <strong>compraventas de viviendas<\/strong> entre particulares aparezcan durante el plazo de 6 meses <strong>da\u00f1os constructivos<\/strong> de mayor o menor importancia. Este es un supuesto m\u00e1s com\u00fan de lo que parece. Nuestro C\u00f3digo Civil regula estas situaciones y establece que, si se cumplen determinadas circunstancias, el <strong>comprador<\/strong> puede reclamar al <strong>vendedor<\/strong> siempre que los da\u00f1os aparezcan en el plazo de 6 meses y la reclamaci\u00f3n se interponga dentro de dicho per\u00edodo.<\/p>\n<h3>Ejemplos comunes de vicios ocultos<\/h3>\n<p>Entre los <strong>vicios ocultos<\/strong> m\u00e1s habituales en las edificaciones podemos encontrar:<\/p>\n<ul>\n<li>Humedades y filtraciones derivadas de defectos en la cubierta, el solado, etc.<\/li>\n<li>Grietas de consideraci\u00f3n que puedan comprometer la seguridad.<\/li>\n<li>Defectos en los acabados, como solados, pinturas o revestimientos.<\/li>\n<li>Desprendimiento de ladrillos o materiales de revestimiento.<\/li>\n<li>Problemas estructurales que afecten a la cimentaci\u00f3n o la estabilidad del edificio, lo que supone un riesgo grave para las personas.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Como puede observarse, los <strong>vicios ocultos<\/strong> abarcan un amplio rango de <strong>da\u00f1os o desperfectos<\/strong>, desde los menos graves hasta los muy graves. Por ello, es esencial que el <strong>comprador de una vivienda<\/strong> busque asesoramiento t\u00e9cnico, independientemente de la gravedad inicial que puedan aparentar los desperfectos.<\/p>\n<p><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter wp-image-29395 size-full\" src=\"https:\/\/www.cbleon-abogados.com\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/desperfectos-vivienda.jpg\" alt=\"vicios ocultos compraventa vivienda\" width=\"800\" height=\"539\" \/><\/p>\n<h2>Plazo para reclamar<\/h2>\n<p>Desde el momento de la entrega de la posesi\u00f3n de la vivienda, el plazo de caducidad es de 6 meses. Este plazo no puede interrumpirse, lo que significa que cualquier acci\u00f3n realizada dentro de ese per\u00edodo (como presentar un requerimiento al vendedor) no reinicia el contador. Por tanto, es fundamental actuar con rapidez y asegurarse de cumplir los plazos establecidos.<\/p>\n<p>Un ejemplo claro de esta limitaci\u00f3n es que, si el comprador detecta los da\u00f1os y env\u00eda un requerimiento al vendedor dentro del plazo, el tiempo transcurrido hasta entonces no se detendr\u00e1 ni se reiniciar\u00e1. Esto hace que sea crucial contar con asesoramiento legal desde el inicio.<\/p>\n<h3>Opciones para el comprador ante vicios ocultos<\/h3>\n<p>Si el comprador se enfrenta a un supuesto de <strong>vicios ocultos<\/strong>, tiene dos opciones dentro del plazo de 6 meses:<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Desistir del contrato:<\/strong> Esto implica la resoluci\u00f3n de la compraventa, devolviendo la vivienda al vendedor y recibiendo el reembolso de los gastos pagados.<\/li>\n<li><strong>Solicitar una rebaja proporcional del precio:<\/strong> La cuant\u00eda de esta rebaja ser\u00e1 determinada por peritos que eval\u00faen la magnitud de los da\u00f1os.<\/li>\n<\/ul>\n<p>In <strong>Carlos Ba\u00f1o Le\u00f3n Advocaten<\/strong>, hemos tramitado numerosos casos de este tipo. Por ejemplo, en dos juicios ganados por este despacho, los compradores obtuvieron una resoluci\u00f3n favorable en los Juzgados, confirmando su derecho a reclamar por los vicios ocultos detectados en sus viviendas.<\/p>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 ocurre en viviendas nuevas?<\/h2>\n<p>En el caso de <strong>viviendas nuevas<\/strong>, no se aplica el r\u00e9gimen de los <strong>vicios ocultos<\/strong>, sino que se recurren las acciones derivadas de la <strong>Ley de Ordenaci\u00f3n de la Edificaci\u00f3n (LOE)<\/strong>. Esta ley establece tres tipos de responsabilidades seg\u00fan la gravedad de los da\u00f1os:<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Decenal:<\/strong> Para da\u00f1os estructurales que afecten a la cimentaci\u00f3n, vigas, forjados o elementos similares.<\/li>\n<li><strong>Quinquenal:<\/strong> Para defectos que afecten a elementos constructivos o instalaciones que comprometan la habitabilidad.<\/li>\n<li><strong>Anual:<\/strong> Para da\u00f1os que afecten a los acabados.<\/li>\n<\/ul>\n<p>La LOE asegura una mayor protecci\u00f3n para los compradores de viviendas nuevas, estableciendo plazos m\u00e1s amplios y responsabilidades claras para promotores y constructores.<\/p>\n<h2>L\u00edmites a la responsabilidad del vendedor<\/h2>\n<p>Es importante entender que la obligaci\u00f3n del vendedor de responder por los <strong>vicios ocultos<\/strong> tiene una naturaleza contractual y ciertos l\u00edmites. La ley establece que el vendedor no ser\u00e1 responsable en los siguientes casos:<\/p>\n<ol>\n<li>Si los da\u00f1os eran evidentes y visibles a simple vista.<\/li>\n<li>Si el comprador es un perito o profesional que, por su oficio, deber\u00eda haber identificado f\u00e1cilmente los da\u00f1os.<\/li>\n<li>Si comprador y vendedor pactan expresamente la exoneraci\u00f3n de responsabilidad del vendedor, siempre que este \u00faltimo haya actuado de <strong>buena fe<\/strong>. Si el vendedor conoce los da\u00f1os y los oculta, el acuerdo de exoneraci\u00f3n no ser\u00e1 v\u00e1lido.<\/li>\n<\/ol>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 ocurre tras los 6 meses?<\/h2>\n<p>Si los <strong>da\u00f1os ocultos<\/strong> aparecen despu\u00e9s de los 6 meses de la compraventa, el comprador no queda desprotegido, aunque la regulaci\u00f3n aplicable ser\u00e1 diferente. En este caso, las acciones de reclamaci\u00f3n se basar\u00e1n en otros preceptos legales, como el incumplimiento contractual o incluso en algunos casos la reclamaci\u00f3n directa al constructor o promotor si los da\u00f1os tienen un origen constructivo.<\/p>\n<p>El objetivo de la ley es equilibrar los derechos y deberes de ambas partes. Por un lado, se protege al comprador frente a defectos graves; por otro, se reconoce la responsabilidad del comprador de inspeccionar adecuadamente el bien adquirido y evitar reclamaciones por da\u00f1os evidentes.<\/p>\n<h2>Abogado inmobiliario, nuestra opini\u00f3n<\/h2>\n<p>Desde nuestra experiencia en <strong><a href=\"https:\/\/cbleon-abogados.com\/nl\/servicios\/onroerend-goed-2\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Carlos Ba\u00f1o Advocaten<\/a><\/strong>, es crucial actuar con rapidez y contar con asesoramiento especializado desde el inicio de la compraventa. La detecci\u00f3n de <strong>vicios ocultos<\/strong> puede generar importantes conflictos legales y econ\u00f3micos, pero con una gesti\u00f3n adecuada, es posible obtener resultados favorables para el comprador.<\/p>\n<p>El acompa\u00f1amiento de un t\u00e9cnico o perito durante la inspecci\u00f3n inicial es una medida preventiva esencial. Adem\u00e1s, en caso de conflicto, nuestro despacho est\u00e1 preparado para asesorarte y representarte, asegurando que tus derechos sean plenamente defendidos.<\/p>\n<p>Para resolver cualquier duda sobre vicios ocultos o iniciar un procedimiento de reclamaci\u00f3n, no dudes en <a href=\"https:\/\/cbleon-abogados.com\/nl\/contact-spaanse-advocaat\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">contactar con nosotros<\/a>. En <strong><a href=\"https:\/\/cbleon-abogados.com\/nl\/servicios\/onroerend-goed-2\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Carlos Ba\u00f1o Advocaten<\/a><\/strong>, estamos a tu disposici\u00f3n para ofrecerte soluciones personalizadas y efectivas.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n puedes encontrarnos en <a href=\"https:\/\/maps.app.goo.gl\/YuezPNWXNtBcHy1V8?g_st=ic\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Google Maps<\/a> y visitarnos en nuestras oficinas en Alicante para recibir atenci\u00f3n directa.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Vicios ocultos en la compraventa \u00bfQu\u00e9 ocurre si, tras adquirir una vivienda, aparecen da\u00f1os de tal magnitud que, de haberlos conocido previamente, no habr\u00edamos comprado la vivienda o habr\u00edamos negociado una rebaja significativa en el precio? Estos son los llamados vicios ocultos. 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